Es complicado creer. Ha sido costumbre de chavecismo-madurismo manifestarse víctimas de conspiraciones y atentados. Por otra parte, a quienes la dinámica nos ha llevado por el camino de atender a la defensa de personas detenidas y perseguidas por razones de tipo político, podemos dar testimonio de lo burdo, no solamente de las imputaciones, sino además, de la evidencia de cargo con la que pretenden justificar largas y penosas detenciones.
Es el escepticismo lo que podría definir la postura de quien recibe la noticia de una nueva conspiración, de un nuevo atentado, de una nueva estratagema del Departamento de Estado, de Juan Manuel Santos, otrora mejor amigo del gobierno o de Álvaro Uribe.
A propósito del último atentado presuntamente perpetrado contra Nicolás Maduro en un acto político, porque otro carácter no tenía, a propósito de un nuevo aniversario de la fundación del componente Guardia Nacional de la Fuerza Armada Nacional, se dispuso, ente otras, la detención del ciudadano Juan Requesens, joven Diputado a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, órgano, que sin género alguno, goza de legitimidad democrática incuestionable.
En este contexto, el Fiscal General de la República designado por la Asamblea Nacional Constituyente presentó una solicitud al Tribunal Supremo de Justicia, ese que funciona en Dos Pilitas, y resulta, que el mismo día se constituyó, y declara que el Diputado que fue aprehendido en su residencia, fue sorprendido en flagrancia mientras cometía unos de diez delitos que la imaginación de Tarek Saab afirma perpetrados; pero además, en franco desconocimiento de la voluntad de los electores, que en acto de soberanía eligió a la Asamblea Nacional, pide a la Asamblea Nacional Constituyente, de cuestionable legitimidad de origen y de incuestionable ilegitimidad de ejercicio, allane su inmunidad como parlamentario.
Esa celeridad para atender lo que se pide para justificar cualquier discurso que se hace desde el Poder, contrasta con la displicencia para atender los asuntos que son planteados por los ciudadanos, y particularmente, de aquellos ciudadanos que son perseguidos por el gobierno; recuerdo que ningún esfuerzo fue suficiente para que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia – el de Dos Pilitas-, se pronunciara siquiera sobre la admisión de las acciones de habeas corpus presentadas, entre otros por el suscrito, en favor de la libertad individual del Diputado a la Asamblea Nacional Gilber Caro Alfonso, y del Diputado al Consejo Legislativo del Estado Barinas, Wilmer Azuaje Cordero.
Sería interesante que la ciudadanía, revisara en el portal de ese Tribunal Supremo de Justicia la sentencia número 48, de fecha 8 de agosto de 2018, con ponencia de Maikel José Moreno, y simplemente, tras su lectura, piense en la lógica de la conducta de las personas a quienes se involucra en el intento de asesinar a quien se afirma Presidente Constitucional de la República, quien cuenta por el poder de las armas, no solamente de aquéllas en custodia y a disposición de quienes visten de uniforme, sino también, de otras en manos de grupos paramilitares que se exhiben armados sin rubor ante militares y policías. En fin. Es complicado creer.
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